DERECHO

13 de marzo de 2023

EVASIÓN FISCAL, ¿UNA CRUZ PARA LA ECONOMÍA?


Juan Esteban Moreno Pinzón

Estudiante de Derecho

Con el desarrollo de la sociedad moderna y su constante necesidad para realizar el intercambio de bienes y servicios, surgen diversas problemáticas a la hora de realizar un control tributario efectivo sobre las ganancias que perciben los grandes agentes que intervienen en la economía, en este caso, las grandes empresas. ¿Cómo puede hacer el Estado para evitar que los grandes capitales no eviten cumplir con sus obligaciones fiscales? Y, consecuentemente ¿cómo afecta la economía de una nación la ausencia de control suficiente frente a las ganancias de los grandes capitales?; estos dos interrogantes marcarán el desarrollo de este escrito.

La RAE define a la evasión fiscal como el “incumplimiento culpable de la obligación tributaria válidamente surgida de la realización del hecho imponible” (RAE, s.f.), en nuestro ordenamiento encontramos varias especies que se encuentran cobijadas por un concepto común denominado como corrupción tributaria (toda conducta que tiene como propósito burlar el cumplimiento de la ley tributaria); específicamente la conducta típica que resulta relevante se encuentra en el artículo 434 B del Código Penal.

La disposición establece que la conducta de defraudación o evasión tributaria será punible cuando aquella persona que estando obligada a declarar no declare, o que en una declaración tributaria omita ingresos, o incluya costos o gastos inexistentes, o reclame créditos fiscales, retenciones o anticipos improcedentes por un valor determinado; en términos generales, habrá lugar a la responsabilidad penal cuando quien se encuentre obligado a cumplir con obligaciones tributarias, opte por no hacerlo, siendo este comportamiento imputable o atribuible al mismo.

En últimas, lo que muestra lo anterior es que Colombia se ha preocupado por evitar que los grandes capitales eviten cumplir con sus obligaciones fiscales. Pero no se puede zanjar la discusión con el reconocimiento de sanciones por los comportamientos anteriormente referidos; lo que de verdad importa es identificar el impacto positivo que esto tiene en la economía nacional o si, por el contrario, no tiene efecto alguno.

Según datos oficiales, la evasión en Colombia no es un problema menor ya que en 2019 esta llegó a representar cerca de 40 billones pesos en pérdidas, lo que equivale a casi el 30% del recaudo total y cerca de un 3% del PIB (Mauricio, 2019). Esto demuestra que, pese a los diversos esfuerzos realizados por el Estado para lograr el recaudo correspondiente, aún falta bastante para lograr desacelerar la evasión en el país.

Esto lleva a replantear las medidas que debe tomar el Gobierno frente a esta problemática, las cuales no pueden agotarse en el planteamiento de leyes, ya que, no es un secreto que varios de los miembros de las más altas esferas del poder, entre ellas miembros del Legislativo, se encuentran inmersos en escándalos relacionados con ocultamiento de bienes en paraísos fiscales, por lo cual, se requiere de verdadera cooperación internacional para descubrir estos patrimonios que representan pérdidas en términos de recaudación para el país.

En términos generales, si el Estado deja de percibir tributos esto generará a largo plazo un vacío fiscal que deberá ser soportado por los demás contribuyentes, además, genera una disminución sustancial en el gasto. Para poder compensar lo perdido, el Estado tiende a poner en cabeza de la clase media una mayor carga tributaria generando consecuencias desastrosas para los pequeños y mediados empresarios.

Teniendo un panorama más amplio, el aumento de la carga fiscal sobre la clase media puede generar regresividad en la economía, ya que, golpear el bolsillo de los que más contribuyen en materia tributaria, solo ocasionaría el incremento de necesidades básicas insatisfechas, pues, es claro que una mayor tasa impositiva se traduce en un aumento del costo de vida para la población.

Finalmente, en Colombia, la evasión tributaria es un delito que atenta contra el orden económico social y, por ende, se encuentra sancionada en la ley penal, pero la existencia de leyes no supone la desaparición o disminución de la problemática, es necesario articular medidas que involucren la cooperación internacional con la finalidad de conjurar la sustracción al control fiscal. Por otra parte, la evasión tributaria es un flagelo de la sociedad que tiende a golpear a los eslabones más débiles de la sociedad. A largo plazo, el incremento de las medidas impositivas que se justifican por el vacío que deja la evasión en cabeza de la clase media y baja solo generará una desaceleración de la economía.


BIBLIOGRAFÍA

Mauricio, B. L. (19 de Diciembre de 2019). La República. Recuperado el 19 de Marzo de 20222, de La evasión equivale a 30% del total de lo que se recauda de impuestos al año: https://www.larepublica.co/economia/la-evasion-equivale-a-30-del-total-de-lo-que-se-recauda-de-impuestos-al-ano-2945888

RAE. (s.f.). Diccionario Panhispánico del Español Jurídico. Recuperado el 19 de Marzo de 2022, de Evasión fiscal: https://dpej.rae.es/lema/evasi%C3%B3n-fiscal